AUTORIDADES DE LA PARROQUIA

Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integrados por los órganos previstos en este Código para el ejercicio de las competencias que les corresponden.
La sede del gobierno autónomo descentralizado parroquial rural será la cabecera parroquial prevista en la ordenanza cantonal de creación de la parroquia rural.

Atribuciones del Presidente

a) Ejercer la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado parroquial
b) Convocar y presidir con voz y voto las sesiones de la junta rural
c) Presentar proyectos de acuerdos, resoluciones y normativas reglamentarias
d) Dirigir la elaboración del plan parroquial de desarrollo y el ordenamiento territorial
e) Elaborar participativamente el plan operativo anual y proforma presupuestaria.

AUTORIDADES 

Presidente de la junta Parroquial
*Dr. Raúl Gordón Rosero.
Vicepresidente de la junta Parroquial
*Loren Margarita Narváez Paez.
Primer vocal principal
*Luis Guaytarilla Carvajal.
Segundo vocal Principal
*Arq. Vanessa Vizcaino Armijos.
Tercer vocal principal
*Lcdo. Gustavo Benalcázar Luna.

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipisicing elit, sed do eiusmod
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipisicing elit, sed do eiusmod
tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam,
quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo